Saltar al contenido
Antes de FirmarDOF
← Volver a resultados
Alta
?

Un modelo de IA estima qué tan probable es que este documento afecte a personas o negocios comunes — no es una opinión legal ni una prioridad oficial del DOF.

Es una guía para decidir qué leer primero, no una calificación de importancia jurídica.

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

22 de julio de 2026 · Edición matutina

SEMARNAT simplifica trámites de PROFEPA: fusiona modalidades, reduce plazos (hasta 50% en algunos casos), elimina requisitos como RFC y escritos libres, amplía vigencia del Registro de Verificación de 10 a 20 días hábiles, y expide nuevos formatos oficiales.

A quién le toca

Entra en vigor 15 días hábiles tras su publicación en el DOF.

Qué dice, en claro

La SEMARNAT publicó un acuerdo de simplificación administrativa que reforma los trámites a cargo de la PROFEPA en tres áreas: auditoría ambiental, recursos naturales e inspección y vigilancia industrial.

Los cambios principales son:

  • Fusión de trámites: varios trámites con modalidades A, B y C se consolidan en uno solo (por ejemplo, los tres tipos de certificado ambiental quedan como un único trámite PROFEPA-02-001).
  • Reducción de plazos: el plazo para aprobación de auditores ambientales baja de 10 a 5 días hábiles; el de certificación de dispositivos excluidores de tortugas marinas en pesca de camarón baja de 90 a 45 días hábiles.
  • Eliminación de requisitos: se suprimen el RFC, escritos libres, fianzas, facturas y varios escritos de manifestación bajo protesta.
  • Ampliación de vigencia: el Registro de Verificación pasa de 10 a 20 días hábiles de vigencia.
  • Nuevos formatos: se expiden 4 formatos nuevos (FF-PROFEPA-020 a 023) y se modifican 5 existentes.
  • Canales digitales: se habilitan correos electrónicos por entidad federativa para avisos de derrame de materiales peligrosos.

El acuerdo entra en vigor 15 días hábiles después de su publicación en el DOF. Los trámites ya ingresados se resuelven con la normativa anterior.

Este resumen lo escribió un modelo de lenguaje a partir del texto publicado en el DOF. Puede omitir detalles o equivocarse — el texto que obliga es siempre el oficial, no este resumen.

Ver documento oficial en DOF ↗ (abre en pestaña nueva)
Código DOF
5794452
Dependencia
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
Sección
PODER EJECUTIVO
Fecha
2026-07-22
Edición
matutina

También te puede interesar

  • MediaSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES23 jul 2026

    SEMARNAT cancela la Declaratoria del Polo de Economía Circular "Parque Hidalgo" (Tlaxcoapan y Atitalaquia, Hidalgo), originalmente solicitada por PEMEX.

    La SEMARNAT abroga el Acuerdo del 1 de agosto de 2025 mediante el cual se había declarado el Polo de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar "Parque Hidalgo", ubicado en los municipios de Tlaxcoapan y Atitalaquia, Hidalgo, sobre una superficie de aproximadamente 275 hectáreas propiedad de Petróleos Mexicanos (PEMEX). La cancelación se origina en un ejercicio consultivo voluntario de participación ciudadana celebrado el 14 de diciembre de 2025, organizado por el Instituto Electoral del Estado de Hidalgo. De 12,259 opiniones recibidas, el 63.1% se pronunció en contra del proyecto. Ante este resultado, PEMEX comunicó en abril de 2026 que el proyecto era inviable por el disenso social, y la Subsecretaría de Desarrollo Sostenible y Economía Circular solicitó formalmente la abrogación en mayo de 2026. El acuerdo entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF. Sus efectos son exclusivamente administrativos: cancela el estatus de Polo y los beneficios fiscales asociados al polígono, pero no constituye por sí mismo ninguna autorización, concesión o reconocimiento de derechos adicionales. La SEMARNAT deberá notificar institucionalmente a PEMEX para los efectos administrativos correspondientes.

  • AltaSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES22 jul 2026

    La SEMARNAT simplifica los trámites ante la CONANP: fusiona seis trámites turístico-recreativos y comerciales en dos, amplía la vigencia de autorizaciones turísticas hasta tres años y abre la ventanilla todo el año.

    La SEMARNAT publicó un acuerdo de simplificación administrativa para los trámites que se realizan ante la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), con entrada en vigor al día hábil siguiente a su publicación en el DOF. Los cambios principales son: Fusión de trámites turístico-recreativos: Los cuatro trámites para actividades turístico-recreativas dentro de ANP federales (con vehículo, sin vehículo, con infraestructura y su prórroga) se consolidan en un solo trámite (CNANP-00-014) con un formato único. Fusión de trámites comerciales: La autorización y la prórroga para actividades comerciales (CNANP-00-001 y CNANP-00-011) se unifican en un solo trámite (CNANP-00-001) con formato único. Mayor vigencia: Las autorizaciones para servicios turísticos se amplían hasta por tres años (el reglamento anterior preveía un plazo menor). Ventana abierta todo el año: Las solicitudes de autorización o prórroga turístico-recreativa podrán presentarse cualquier día y hora hábil del año, sin restricción de periodo. Eliminación de requisitos redundantes: La CONANP no podrá pedir documentos que ya obren en sus archivos físicos o electrónicos. Los trámites ingresados antes de la publicación se resolverán con la normatividad anterior. No se autorizan recursos presupuestales adicionales.